Tucumán 9 de julio de 1947
En la benemérita y muy digna ciudad de San Miguel de Tucumán, a nueve
días del mes de julio de mil novecientos cuarenta y siete, en
celebración del centésimo trigésimo primer aniversario de la Declaración
de la Independencia política, sancionada por el Congreso de las
Provincias Unidas, reunido en mil ochocientos dieciséis, se reúnen en
acto solemne los representantes de la Nación en sus fuerzas gubernativas
y en sus fuerzas populares y trabajadoras, para reafirmar el propósito
del pueblo argentino de consumar su emancipación económica de los
poderes capitalistas foráneos que han ejercido su tutela, control y
dominio, bajo las formas de hegemonías económicas condenables y de los
que en el país pudieran estar a ellos vinculados.
A tal fin los firmantes, en representación del pueblo de la Nación,
comprometen las energías de su patriotismo y la pureza de sus
intenciones en la tarea de movilizar las inmensas fuerzas productivas
nacionales y concertar los términos de una verdadera política económica,
para que en el campo del comercio internacional tengan base de
discusión, negociación y comercialización los productos del trabajo
argentino, y quede de tal modo garantizada para la República la suerte
económica de su presente y porvenir. Asi lo entienden y así lo quieren, a
fin de que el pueblo que los produce y elabora y los pueblos de la
tierra que los consumen, puedan encontrar un nivel de prosperidad y
bienestar más alto que los alcanzados en ninguna época anterior y
superiores a los que puedan anotarse en el presente. Por ello, reafirman
la voluntad de ser económicamente libres, como hace ciento treinta y un
años proclamaron ser políticamente independientes.
Las fuerzas de la producción e industrialización tienen ahora una
amplitud y alcance no conocidos y pueden ser superados por la acción y
trabajo del pueblo de la República. El intercambio y la distribución
suman cifras que demuestran que el comercio y la industria se expanden
conjuntamente con aquéllos. La cooperación, que contribuye a fijar de
manera permanente las posibilidades humanas, será activada hasta
alcanzar el completo desenvolvimiento que demandan las nuevas
concepciones del comercio y empleo mundiales de las energías.
A su término, una vez leída esta declaración y preguntados si querían
que las provincias y territorios de la República Argentina tuviesen una
economía recuperada y libre del capitalismo foráneo y de las hegemonías
económicas mundiales o de las nacionales comprometidas con aquéllas,
aclamaron y reiteraron su unánime y espontáneo, así como decidido voto
por la independencia económica del país, fijando por su determinación el
siguiente
Preámbulo
Nos,
los representantes del pueblo y del gobierno de la República Argentina,
reunidos en Congreso Abierto a la voluntad nacional, invocando la
Divina Providencia en el nombre y por la autoridad del pueblo que
representamos, declaramos solemnemente a la faz de la tierra la justicia
en que fundan su decisión, los pueblos y gobiernos de las provincias y
territorios argentinos, de romper los vínculos dominadores del
capitalismo foráneo enclavado en el país y recuperar los derechos al
gobierno propio de las fuentes económicas nacionales. La Nación alcanza
su libertad económica para quedar, en consecuencia, de hecho y de
derecho, con el amplio y pleno poder para darse las formas que exijan la
justicia y la economía universal, en defensa de la solidaridad humana.
Así lo declaran y ratifican ante el pueblo y gobierno de la Nación, el
gobierno y pueblo aquí representados, comprometiéndose uno y otro, al
cumplimiento y sostén de esta, su voluntad, bajo el seguro y garantía de
sus vidas y honor. Comuníquese a la Nación, y en obsequio del respeto
que se debe a los demás Estados, detállense en un manifiesto y acta las
fuentes determinantes de esta solemne declaración, dada en la Sala de
Sesiones del Congreso de las Provincias Unidas, donde en mil ochocientos
dieciséis se proclamara la independencia de la República y refrendada
por los representantes del pueblo y gobierno argentinos aquí reunidos.
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